Como organismo cuasi-legislativo, la Junta
Reglamentadora de Telecomunicaciones reglamenta el servicio
de telecomunicaciones que se ofrece en Puerto Rico. Además,
como junta reglamentadora, protege los derechos del consumidor
y facilita todos los recursos necesarios para que las compañías
cumplan con las leyes y regulaciones. Sus funciones incluyen
la prestación de servicio de telecomunicaciones a las
distintas agencias estatales y federales, luego de una declaración
de emergencia. Conozca todos nuestros recursos y servicios a
través de esta página.
Nuevas Facilidades en Santurce para la Junta
Reglamentadora de Telecomunicaciones
A partir del lunes 3 de agosto, la Junta
Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico
estará brindando sus servicios en nuevas facilidades
ubicadas en la Avenida Roberto H. Todd, en Santurce.
“Esta es la
primera vez que la Junta contará con facilidades
propias, que ahora van a estar más accesibles al
público”,
expresó el Lcdo. Miguel Reyes Dávila, Presidente de
la Junta. El edificio ubicado al lado de la parada
18 y frente a las facilidades del Ombudsman cuenta
con su propio estacionamiento, que será libre de
costo para sus visitantes. “Estaremos
en proceso de mudanza a partir del viernes y durante
el fin de semana, con tal de no interrumpir nuestras
operaciones y poder estar disponible al público para
el próximo lunes”, comentó el Lcdo. Reyes.
Las nuevas y modernas facilidades han sido diseñadas
para satisfacer todas las necesidades operacionales
de la Junta, quienes reglamentan las industrias de
telecomunicaciones y televisión por cable en Puerto
Rico. Durante el presente año, la Junta también tuvo
una importante participación en la transición a
televisión digital en Puerto Rico, trabajando en
conjunto con la Comisión Federal de Comunicaciones
(FCC) y la Asociación de Teledifusoras de Puerto
Rico.
La nueva dirección física y postal de la Junta será:
500, Ave. Roberto H. Todd (Pda. 18 Santurce), San
Juan, PR 00907-3981. Pueden comunicarse con la Junta
llamando al 787-756-0804 o al 1-866-578-5500.
La Junta de Subastas de la Junta
Reglamentadora de Telecomunicaciones inicia el
proceso de subasta para contratar un proveedor
para ofrecer el servicio de TRS en Puerto Rico.
Estadísticas Sobre la Industria
de Telecomunicaciones y Televisión por Cable en
Puerto Rico.
Se
presenta para su información una recopilación
consolidada de datos estadísticos y graficas de
la Industria de Telecomunicaciones y Televisión
por cable en Puerto Rico.
Recordatorio a todas las compañías de telecomunicaciones,
operando en Puerto Rico:
El Formulario TRB 200 para el año 2008
y 2009, tienen las siguientes
fechas de vencimiento:
Fecha de Presentación
Período
Formas A Presentar
31 de marzo de 2009
Enero a diciembre de
2008
TRB 200 A
30 de septiembre de 2009
Enero a junio de 2009
TRB 200 S
31 de marzo de 2010
Enero a diciembre de 2009
TRB 200A
SOLICITUD DE PROPUESTA (RFP)
Número de Subasta: 2007-SUB-01
-
La Junta de Subastas de la Junta Reglamentadora de
Telecomunicaciones recibirá propuestas en pliegos
cerrados para la adquisición de:
INSTALACIóN
DE FACILIDADES TELEFóNICAS
EN COMUNIDADES AISLADAS
\
Televisión Digital
La Televisión Digital es la manera más
avanzada de transmitir programación y está
transformando nuestra experiencia como
televidente. Las imágenes y sonidos son
capturados usando la tecnología digital,
proveyendo una calidad de imagen como la de un
cine, multitransmision y capacidades
interactivas. Esto significa mejor calidad, más
selección, y más control de su televisor. Hay
muchos niveles de (la) calidad en la
programación de televisión digital.
Informacion al Consumidor: Orden
Administrativa
La Junta ha desarrollado un rótulo titulado
Conozca sus Derechos que tiene el
propósito de advertir al público sobre la
existencia de procedimientos para el trámite y
manejo de quejas o reclamaciones sobre los
servicios de telecomunicaciones y televisión por
cable, según sea el caso, que podrían culminar
ante este Foro.
El rótulo Conozca sus
Derechos
deberá exhibirse en un lugar claramente
visible al público dentro de todos los
locales, tales como tiendas, kioskos, oficinas
comerciales y otros lugares similares de las
compañías que proveen servicio de
telecomunicaciones y de televisión por cable que
reciben público.
Ver Orden Administrativa
Ver Rotulos
JOINT FCC/NARUC/NASUCA WORKING
GROUP LAUNCHES WEB SITE ON LIFELINE AND LINK-UP
Washington, DC -- The Joint FCC/National
Association of Regulatory Utility Commissioners
(NARUC)/National Association of State Utility
Consumer Advocates (NASUCA) Working Group on
Lifeline and Link-Up has launched a new Web site
to provide consumers, industry and state and
local governments with information about these
two important programs.
La Junta Reglamentadora de
Telecomunicaciones Aclara Comunicados Sobre Tarifas
de Servicios Residenciales
El Lcdo. Miguel Reyes Dávila,
Presidente de la Junta Reglamentadora de
Telecomunicaciones de Puerto Rico (la Junta)
emitió un comunicado con el propósito de
corregir y aclarar información que ha estado
transmitiéndose por algunos medios de prensa en
Puerto Rico.
Ver Comunicado de Prensa
Telefonía Movil
Ante la creciente popularidad de la
telefonía móvil en Puerto Rico, es
importante que los consumidores estén bien
informados al momento de adquirir el servicio
que sea más adecuado para sus necesidades de
comunicación personal.
JRT-2009-OA-0006 AVISO A LAS COMPAÑÍAS PROVEEDORAS DEL SERVICIO DE
VOZ SOBRE PROTOCOLO INTERNET INTERCONECTADO
(VoIP INTERCONECTADO) EN PUERTO RICO
Mediante Orden Administrativa de 30 de septiembre de 2009, notificada y archivada en autos el 30 de octubre de 2009, la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico (“Junta”) ordenó la publicación del presente aviso a las compañías proveedoras del servicio de Voz sobre Protocolo Internet interconectado (“VoIP interconectado”) en Puerto Rico. De acuerdo a la misma, la Junta ordenó la creación de un registro obligatorio de proveedores de VoIP interconectado.
La Comisión Federal de Comunicaciones (“FCC”) define VoIP interconectado como un servicio que viabiliza las comunicaciones de voz bilaterales, en tiempo real, requiriendo una conexión de banda ancha desde la localización del usuario, y equipo de predio del suscriptor compatible con el Protocolo Internet, permitiendo a los usuarios recibir llamadas originadas en la red telefónica conmutada pública así como terminar llamadas en dicha red. Véase 47 C.F.R. § 9.3.
Cada día más consumidores optan por el servicio VoIP interconectado, en sustitución de servicios de voz a través de sistemas análogos tradicionales. En la medida que ha mejorado el ofrecimiento de este servicio, las expectativas de sus suscriptores se han ido acercando a las existentes en cuanto al servicio telefónico tradicional. Así pues, la FCC ha ido adoptando medidas reglamentarias enfocadas a proteger a los consumidores y garantizar la seguridad pública.
En el contexto de servicios sobre Protocolo Internet, la FCC ha manifestado su expectativa de que los estados continúen ejerciendo su rol de proteger a los consumidores de fraude; hacer cumplir prácticas de negocio justas en materia de anuncios y facturación, y responder a preguntas y querellas de consumidores. In the Matter of Vonage Holdings Corporation Petition for Declaratory Ruling Concerning an Order of the Minnesota Public Utilities Commission, WC Docket No. 03-211, Memorandum Opinion and Order, 19 FCC Rcd 22404, 22405 (2004), ¶ 1.
Por este medio se les notifica a las compañías proveedoras de VoIP interconectado en Puerto Rico, sobre su obligación de inscribirse en el Registro de Compañías Proveedoras del Servicio de Voz sobre Protocolo Internet interconectado en Puerto Rico, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este aviso. El formulario para la inscripción en dicho Registro podrá obtenerse a través del portal de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico, www.jrtpr.gobierno.pr. También podrá obtenerse a través de la Junta, en horario de 7:30 a.m. a 12:00 m., y de 1:00 a 4:00 p.m., en sus oficinas ubicadas en:
500 Ave. Roberto H. Todd
(Pda. 18 Santurce)
San Juan, PR 00907-3981
Tel.: 787-756-0804, exts. 8000 y 2003
Los formularios de inscripción cumplimentados podrán ser sometidos personalmente o por correo a las oficinas de la Junta. Cualquier persona interesada en examinar el texto completo de la Orden Administrativa creando este Registro, podrá hacerlo a través del portal de la Junta bajo el Caso Núm. JRT-2009-OA-0006.
En San Juan, Puerto Rico, hoy 30 de octubre de 2009.
JRT-2009-OA-0006 NOTICE TO COMPANIES PROVIDING INTERCONNECTED VOICE
OVER INTERNET PROTOCOL SERVICE IN PUERTO RICO
By means of Administrative Order dated September 30, 2009, notified and entered in the record on October 30, 2009, the Puerto Rico Telecommunications Regulatory Board (Board) ordered publishing the instant notice to companies providing interconnected Voice Over Internet Protocol service (“interconnected VoIP”) in Puerto Rico. Pursuant to such order, the Board ordered the establishment of a compulsory registry of interconnected VoIP providers.
The Federal Communications Commission (“FCC”) defined interconnected VoIP as a service that enables real-time, two-way communications; requires a broadband connection from the user’s location; requires Internet protocol-compatible customer premises equipment; and permits users generally to receive calls that originate on the public switched telephone network and to terminate calls to the public switched telephone network. See 47 C.F.R. § 9.3.
Every day more and more consumers opt for interconnected VoIP service in place of voice services through traditional analog systems. Inasmuch as the offering of interconnected VoIP service has improved, its subscribers’ expectations have trended toward those associated with traditional telephone service. Thus, the FCC has been adopting regulations necessary to protect consumers and ensure public safety.
Within the context of Internet Protocol services, the FCC has declared they expect states to continue playing their role in protecting consumers from fraud, enforcing fair business practices in advertising and billing matters, and responding to consumer inquiries and complaints. In the Matter of Vonage Holdings Corporation Petition for Declaratory Ruling Concerning an Order of the Minnesota Public Utilities Commission, WC Docket No. 03-211, Memorandum Opinion and Order, 19 FCC Rcd 22404, 22405 (2004), ¶ 1.
Companies providing interconnected VoIP service in Puerto Rico are hereby given notice of their obligation to sign up in the Registry of Companies Providing Interconnected Voice Over Internet Protocol Service in Puerto Rico, within thirty (30) days from the date of publication of this notice. The form for signing up in this Registry may be accessed through the Puerto Rico Telecommunications Regulatory Board’s webpage, www.jrtpr.gobierno.pr. It may also be obtained through the Board, open to the public Monday thru Friday from 7:30 a.m. to 12:00 n., and 1:00 to 4:00 p.m., and whose offices are located at:
500 Roberto H. Todd Ave.
(Stop 18 Santurce)
San Juan, PR 00907-3981
Tel.: 787-756-0804, exts. 8000 & 2003
The forms duly completed may be submitted through mail or in person at the Board’s offices. Any person interested in examining the entire text of the Administrative Order establishing the Registry, may do it through the Board’s web page under Case No. JRT-2009-OA-0006.
In San Juan, Puerto Rico, on October 30, 2009.
Se ORDENA a todas las compañias de telecomunicaciones y a las que ofrecen servicios de televisión por cable, que utilicen el formulario TRB200 M que deberá ser sometido dentro de los treinta (30) días siguientes al cierre del mes que se informa, comenzando con el informe correspondiente al mes de julio de 2009.
JRT-2008-ARP-0003 (PROPUESTA DE ENMIENDA A REGLAMENTACIÓN, versión en español)
REGLAMENTO PARA ENDOSOS DE PLANOS DE INFRAESTRUCTURA
Y SERVIDUMBRES PARA FACILIDADES DE
TELECOMUNICACIONES Y TELEVISIÓN POR CABLE
(ENMIENDAS)
El propósito de la enmienda es reglamentar las solicitudes de asignación o designación del sistema soterrado a las compañías de telecomunicaciones y televisión por cable para el uso de la infraestructura por estas empresas. La presente enmienda será incorporada a la Sección 8 del Reglamento para Endosos de Planos de Infraestructura y Servidumbres para Facilidades de Telecomunicaciones y Televisión por Cable, el cual establece los procedimientos que se seguirán para la aprobación de endosos de planos, diseños y documentos de construcción relacionados a la formación, uso y disfrute de las servidumbres, así como de la infraestructura que se utilizará para las facilidades de telecomunicaciones y Cable TV en el diseño y construcción de proyectos residenciales, comerciales, industriales, turísticos y otros similares.
Se notifica al público en general sobre el derecho que tienen de someter, dentro de los treinta (30) días siguientes a esta publicación, por escrito, sus comentarios a éste, o solicitud de una vista oral sobre el reglamento propuesto, acompañados con los fundamentos que hacen necesaria dicha vista oral. Los mismos podrán ser sometidos en las oficinas de la Junta (por correo o personalmente) y/o electrónicamente a la dirección de correo electrónico secretaria@jrtpr.gobierno.pr
JRT-2008-ARP-0003 (PROPUESTA DE ENMIENDA A REGLAMENTACIÓN, versión en Inglés)
REGULATION FOR THE ENDORSEMENT OF PROJECT PLANS FOR
EASEMENTS AND INFRASTRUCTURE FOR
TELECOMMUNICATIONS AND CABLE TELEVISION FACILITIES
(AMENDMENTS)
The purpose of this amendment is to regulate the requirements for the assignment and/or designation of subterraneous (buried) conduits to Telecommunication and Cable TV Companies for their use. This amendment is to be incorporated to Section 8 of the REGULATION FOR THE ENDORSEMENT OF PROJECT PLANS FOR EASEMENTS AND INFRASTRUCTURE FOR TELECOMMUNICATIONS AND CABLE TELEVISION FACILITIES which establishes the procedures to be followed for the approval of requests for endorsements of project plans, drawings and related construction documents for the formation, use and enjoyment of easements, as well as the infrastructure to be used for telecommunications and cable TV facilities, in the design and construction of housing developments, residential, commercial, industrial, touristic, and similar projects in Puerto Rico.
The public is hereby notified about their right to submit, in writing, within thirty (30) days following this publication, their comments, or requests for an oral hearing about the proposed regulation, stating the grounds for requesting such hearing. All comments and requests shall be submitted at the Board’s offices, either personally, by mail, or thru the following electronic address: secretaria@jrtpr.gobierno.pr.
La fascinante historia
del desarrollo de las telecomunicaciones también
tuvo su lugar en nuestra Isla. Conócela a continuación.
La Junta Reglamentadora
de Telecomunicaciones cuenta con los recursos necesarios
para asegurar la prestación de servicios de telecomunicaciones
a las agencias estatales y federales luego de ser declarada
una emergencia nacional. Conozca la función de
la JRT en momentos de emergencia y nuestro Plan Operacional
para tales propósitos.